Decreto 1278 de Junio 19 de 2002
Por el cual se expide el Estatuto de Profesionalización Docente
Expone en su articulo lo siguiente:
ARTÍCULO 4. Función docente. La función docente es aquella de carácter profesional que implica la
realización directa de los procesos sistemáticos de enseñanza - aprendizaje, lo cual incluye el diagnóstico, la
planificación, la ejecución y la evaluación de los mismos procesos y sus resultados, y de otras actividades
educativas dentro del marco del proyecto educativo institucional de los establecimientos educativos.
ARTICULO 5. Docentes. Las personas que desarrollan labores académicas directa y personalmente con los
alumnos de los establecimientos educativos en su proceso enseñanza aprendizaje se denominan docentes.
ARTÍCULO 8. Concurso para ingreso al servicio educativo estatal. El concurso para ingreso al servicio
educativo estatal es el proceso mediante el cual, a través de la evaluación de aptitudes, experiencia,
competencias básicas, relaciones interpersonales y condiciones de personalidad de los aspirantes a ocupar
cargos en la carrera docente, se determina su inclusión en el listado de elegibles y se fija su ubicación en el
mismo, con el fin de garantizar disponibilidad permanente para la provisión de vacantes que se presenten en
cualquier nivel, cargo o área de conocimiento dentro del sector educativo estatal.
ARTÍCULO 19. Escalafón Docente. Se entiende por Escalafón Docente el sistema de clasificación de los
docentes y directivos docentes estatales de acuerdo con su formación académica, experiencia, responsabilidad,
desempeño y competencias, constituyendo los distintos grados y niveles que pueden ir alcanzando durante su
vida laboral y que garantizan la permanencia en la carrera docente con base en la idoneidad demostrada en su
labor y permitiendo asignar el correspondiente salario profesional.
Con este panorama es importante mencionar que aunque es gobierno ha establecido parámetros legales para el ascenso de un docente en escalafones y muy incierto, ya que para llegar al grado III hay que haber pasado por lo menos por siete u ocho años de universidad los cuales tiendo un costo que en principio no es bien remunerado y que sí es necesario para aspirar a llegar a la meta.
http://www.scielo.cl/pdf/polis/v9n25/art25.pdf


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